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Renta 2019: deducciones y reducciones por discapacidad
Las prestaciones constituyen rendimientos del trabajo en el momento de su percepción. Las
prestaciones en forma de renta están exentas hasta un importe máximo de 3 veces el IPREM
(límite: 22.558,77 €).
Deducción por adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad
La deducción por adquisición fue suprimida en 2012 para todos los contribuyentes, aunque
se pueden desgravar las adquisiciones pendientes hasta esa fecha. Lo mismo ocurre con el al-
quiler, que vive un periodo transitorio para los contratos formalizados antes de 2015. Sí cabe
la deducción por obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razones de
discapacidad propia, del cónyuge u otros familiares que convivan en la vivienda, si reúnen los
requisitos establecidos y las obras se iniciaron antes del 1 de enero de 2013 y concluyeron
antes del 1 de enero de 2017. Casillas 704 y 705.
La base máxima de deducción por adecuación es de 12.080 €, siendo independiente del
límite de 9.040 € establecido con carácter general para la deducción por adquisición o reha-
bilitación de la vivienda habitual. Hay un tramo estatal del 10% y otro autonómico del mismo
porcentaje (Cataluña tiene un 15%). Puedes ampliar aquí la información y los detalles.
Ganancias y pérdidas patrimoniales
• Se estima que no existe ganancia o pérdida patrimonial por aportaciones a patrimonios
protegidos constituidos a favor de personas con discapacidad.
• Está exenta la transmisión de la vivienda habitual por personas con dependencia severa o
gran dependencia de acuerdo con la Ley de promoción a la autonomía personal y atención a
personas en situación de dependencia.
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