Page 58 - Revista 152
P. 58
Requisitos para las mascarillas con lectura labial
El BOE ha publicado una Orden Ministerial con los nuevos requisitos de las mascarillas
higiénicas y los requisitos para las mascarillas que permiten la lectura labial a personas con
discapacidad auditiva. Una de las principales novedades es que solo podrán ser comercializadas
como tales las testadas por laboratorios acreditados, y las que no lo sean e incumplan la
normativa pueden enfrentarse a la sanción del cierre durante cinco años.
Aunque los nuevos requisitos han entrado en vigor el pasado 13 de febrero las mascarillas que
estén en el mercado antes tienen un plazo de treinta días para adecuarse a la normativa, aunque
después ya no podrán ser comercializadas con la denominación de mascarillas higiénicas.
Nuevos requisitos de las mascarillas higiénicas
Según establece la Orden CSM/115/2021, de 11 de febrero, por la que se establecen los
requisitos de información y comercialización de mascarillas higiénicas, todas las mascarillas
higiénicas deberán indicar en su envase:
• Nombre del fabricante y lugar de procedencia del producto cuando su omisión pueda dar
lugar a error.
• Modelo y denominación usual del producto: mascarilla higiénica o cobertor facial
comunitario o el nombre de algún tipo de accesorio.
• Número de unidades que contiene el envase.
• Composición, sustancias o materiales empleados en su fabricación.
• Lote de fabricación, cuando el proceso de elaboración se realice en series identificables
• Características esenciales del producto, incluyendo la talla si procede, y si es reutilizable o
de un solo uso.
• Instrucciones sobre colocación, uso y mantenimiento, manipulación y eliminación.
• Plazo recomendado para su uso, tras el cual es necesario lavar, sustituir o eliminar el
producto, una vez utilizado. En caso de que el producto pierda algunas de sus cualidades
por el paso del tiempo, aunque no se utilice, se debe indicar también la fecha de caducidad.
• En las mascarillas reutilizables se debe indicarse claramente un número máximo de ciclos
de lavado y el método de lavado y secado. Además, deben figurar los datos obtenidos antes
y después de los ciclos de lavado indicados por el fabricante, siguiendo el método de lavado
y secado recomendado.
• Las normas, especificaciones técnicas, acuerdos de trabajo u otros documentos técnicos
de un organismo de normalización reconocido que se han seguido para la fabricación del
57