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Grados, pagos y compatibilidades
Compatibilidades / Incompatibilidades:
• Incapacidad permanente parcial: Es compatible con cualquier trabajo incluido el que
viniera desarrollando.
• Incapacidad permanente total: Compatible con cualquier trabajo excluido el desempeño
del mismo puesto en la empresa.
• Incapacidad permanente absoluta y gran invalidez: Puede realizar actividades compatibles
con su estado. A partir de la edad de acceso a la jubilación, es incompatible con el trabajo
por cuenta propia o ajena.
En todos los casos, si se realizan trabajos susceptibles de inclusión en alguno de los regímenes
de la Seguridad Social, existe obligación de cursar el alta y cotizar, debiendo comunicarlo a la
entidad gestora.
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