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Grados, pagos y compatibilidades

Compatibilidades / Incompatibilidades:	
•	 Incapacidad permanente parcial: Es compatible con cualquier trabajo incluido el que

   viniera desarrollando.
•	 Incapacidad permanente total: Compatible con cualquier trabajo excluido el desempeño

   del mismo puesto en la empresa.
•	 Incapacidad permanente absoluta y gran invalidez: Puede realizar actividades compatibles

   con su estado. A partir de la edad de acceso a la jubilación, es incompatible con el trabajo
   por cuenta propia o ajena.
En todos los casos, si se realizan trabajos susceptibles de inclusión en alguno de los regímenes
de la Seguridad Social, existe obligación de cursar el alta y cotizar, debiendo comunicarlo a la
entidad gestora.

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