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Entrevista a Irene Yepes García
Además, es interesante como el proyecto anuncia también que este tipo de apoyo no debe
solo vincularse a cuestiones patrimoniales, sino que estos sistemas deben atender también a
otros aspectos de la vida de la persona como la vivienda, la salud, etc.
¿Pueden negarse a recibir apoyos?
El proyecto no menciona expresamente el derecho de la persona con discapacidad a rechazar
el apoyo pese a que en la Observación General número 1 del Comité sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad sí se establece como disposición esencial esta posibilidad.
Que estas personas puedan desarrollar un proyecto de vida propio, con apoyos y según su
voluntad, es uno de los objetivos de esta reforma. ¿De qué forma podrá realizarse en el caso
de aquellas personas con grandes necesidades de apoyo o que no puedan expresar su volun-
tad?
Esta es una de las principales preguntas para muchas familias. El enfoque del proyecto se
basa en ofrecer estrategias de apoyo individualizadas y recursos, adaptados a las necesidades
de la persona, para que pueda decidir o participar en la toma de decisiones sobre su vida. Para
aquellos casos en los que no sea posible determinar la voluntad, deseos y preferencias de la
persona, se permite establecer una curatela representativa. Este podría ser el caso de perso-
nas con grandes necesidades de apoyo, pero, aun así, prevalece el enfoque de respeto a los
derechos y voluntades de la persona y se obliga al curador a realizar un esfuerzo por ponerse
en el lugar de la persona a la que apoya, abandonar visiones paternalistas y no dar por sentado
que esta no puede participar de alguna manera en el control de su vida.
Se ha demostrado que la calidad de vida de las personas con discapacidad mejora cuando tie-
nen la oportunidad de decidir y/o participar de manera significativa en la toma de decisiones
sobre su propia vida, así que debemos buscar la forma de ofrecer esa posibilidad de participa-
ción.
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