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El testamento solidario
El testamento solidario, para donar
parte de tu herencia a una ONG
Apenas el 3% de los que han realizado testamento ante notario han incluido en sus últimas voluntades a
alguna ONG. Son datos de Legado Solidario, una iniciativa que aglutina a 25 entidades y cuyo objetivo es con-
cienciar sobre la necesidad testar de forma solidaria e informar sobre esta práctica.
¿Cuáles son las causas de que el testamento solidario sea una práctica poco extendida en la actualidad? Lega-
do Solidario lo atribuye al desconocimiento de esta posibilidad, a dar prioridad a los herederos legítimos y a
la creencia de que es un proceso complicado de llevar a cabo.
En el último estudio que ha realizado la campaña, el legado o testamento solidario es una forma de colabo-
ración desconocida para el 36% de la población mayor de 25 años. Si bien es cierto de que se trata de una
tendencia al alza.
¿Qué es un testamento solidario?
Es una práctica que consiste en incluir a una o varias ONG en las últimas voluntades, bien sea dejando una
parte del patrimonio (herencia) o un bien concreto (legado), sin importar el valor y sin perjudicar en ningún
caso a los herederos legítimos.
Como las ONG no están sujetas al impuesto de sucesiones, la donación llegará de forma íntegra a estas enti-
dades. En el caso de Unicef, los legados solidarios representan entre el 4 y el 5 % de los ingresos anuales de
la delegación española, pero es una tendencia que se muestra al alza.
Otro ejemplo lo constituye el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia que en 2017 recaudó 3,7 millones
de millones de euros por este método; o Acción contra el Hambre que fija en un 3% el porcentaje de personas
que en 2018 hicieron un testamento solidario frente al 2% de 2013.
Todas las ONG subrayan la importancia de que se entienda que cualquier aportación, por pequeña que sea,
es muy importante para ellas y para los colectivos a los que se dedican. Además, realizar un testamento ante
notario tiene un coste regulado que ronda los 40 euros, aunque se puede hacer de forma gratuita y online a
través de Testamenta.
Existe la creencia de que se trata de un proceso complicado. Y no lo es. Tan solo es necesario acudir con el
DNI a un notario para dejar por escrito nuestra voluntad. Este lo redactará reflejando con claridad el lugar, la
fecha y la hora en que se ha otorgado.
A partir de estos datos se procede a su otorgamiento, sin que se necesite la presencia de testigos, salvo en ca-
sos determinados (cuando el testador es invidente, si no sabe o no puede firmar, o no puede leer por sí mismo
el testamento, etc.). Además, cualquier testamento es revocable, es decir, puede cambiarse las veces que se
desee en cualquier momento.
¿De qué partes consta una herencia?
A la hora de hacer testamento, no es obligatorio detallar qué bienes concretos se atribuyen a cada heredero.
Aunque hay que respetar unos mínimos. Un tercio de la herencia es para los herederos legítimos (descen-
dientes, ascendientes y cónyuge); es la llamada parte “legítima”. Otro tercio es la parte de mejora, que se
utiliza para mejorar la herencia de uno o todos los herederos forzosos, aunque hay excepciones en algunas
comunidades autónomas, como es el caso de Aragón. Finalmente, existe el tercio de libre disposición, que
como su nombre indica se puede otorgar de forma libre. Y aquí está la parte que se puede dedicar a la dona-
ción a una ONG.
Para Ayuda en Acción, “es acordarnos en vida de aquellos que lo están pasando mal […] Sin desproteger a
los tuyos, pero pensando también en tender una mano a los demás, un testamento solidario puede dar vida
donde más se necesita”.
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